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Orden del 30 de diciembre de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras de los programas para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y en la empresa común, cofinanciados polo Hondo Social Europeo y si procede a su convocatoria para el año 2009 (DOG nº 12; del 19 de enero de 2009). PROGRAMA DE FOMENTO DE CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADE EN LA EMPRESA COMÚN (ANEXO A).
1.- OBJETO
Incentivar a contratación indefinida de trabajadores despedidos con una discapacidad igual o superior al 33% con la finalidad de fomentar y favorecer su integración laboral en el sistema común de trabajo.
Los contratos indefinidos iniciales y las transformaciones de contratos temporales en indefinidos para que puedan ser objeto de subvención, deberán formalizarse por escrito, comunicarse a la oficina pública de empleo en la forma regulamentariamente establecida, y tener fecha de inicio comprendida entre lo 16 septiembre de 2008 y el 15 de septiembre de 2009, ambas incluso.
2.-BENEFICIARIOS
Empresas, cualquier que sea su forma jurídica, incluidos autónomos, sociedades civiles y comunidades de bienes, que contraten con carácter indefinido a trabajadores con discapacidad despedidos o procedentes de centros especiales de empleo, o en el supuesto de la incorporación a las empresas colaboradoras de los trabajadores con discapacidad procedentes de un enclave laboral, inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo o transformen en indefinidos contratos formativos y contratos temporales de fomento del empleo para personas con discapacidad, para prestar servicios en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
3.- TIPOS DE AYUDA
Para el resto de los trabajadores con discapacidad del enclave laboral, las subvenciones serán las establecidas con carácter general.
4.- PLAZO DE SOLICITUDES
LAS SOLICITUDES DE AYUDA A LA CONTRATACIÓN DEBERÁN PRESENTARSE EN LOS DOS MESES SIGUIENTES A LA FECHA EN La QUE SE INICIE La RELACIÓN LABORAL EN VIRTUD DE UNA CONTRATACIÓN INICIAL O SE PRODUZCA LA TRANSFORMACIÓN DEL CONTRATO EN INDEFINIDO, RESPETANDO EN TODO CASO El PLAZO GENERAL.
LAS SOLICITUDES DE AYUDA PARA LA ADAPTACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEBERÁN PRESENTARSE ANTES DEL INICIO DE LA DICHA ADAPTACIÓN.
El PLAZO GENERAL PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES FINALIZARÁ El 15 DE SEPTIEMBRE DE 2009.
Las SOLICITUDES DE AYUDAS POR LAS CONTRATACIONES INDEFINIDAS O TRANSFORMACIONES DE CONTRATOS TEMPORALES EN INDEFINIDOS REALIZADAS ENTRE EL 16 DE SEPTIEMBRE DE 2008 Y LA FECHA DE PUBLICACIÓN DE LA ORDEN DEBERÁN PRESENTARSE INCLUSO El 31 DE MARZO DE 2009.