Los vigentes Estatutos del Colegio, después de ser sometidos a votación por la Asamblea General en sesión celebrada el 17 de abril del 2004, fueron aprobados por el Presidente de la Xunta de Galicia mediante Decreto 170/2004, de 7 de julio, quedando expresamente derogados los aprobados mediante Decreto 69/2000, de 7 de abril.
Su texto articulado constituye la adaptación exigida por la Disposición transitoria de la Ley 11/2001, de 28 de septiembre, de Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se caracteriza por las siguientes notas esenciales:
-Recogen de forma pormenorizada el sistema de asignación de competencias y de funciones entre los distintos órganos, así como el régimen de delegación y las normas de funcionamiento.
-Adaptan a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los procedimientos para dictar actos de carácter administrativo en relación con el ejercicio de funciones administrativas.
-Regulan el régimen económico -financiero y presupuestario, estableciendo las normas para la ejecución del presupuesto.
-Fijan el procedimiento de moción de censura, así como para la renovación cada cuatro años de los cargos de los órganos de gobierno.
-Por último, regulan el procedimiento disciplinario adaptan dolo a la normativa estatal sobre el ejercicio de la potestad sancionadora.
Finalmente añadir, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Ley 11/2001, de 18 de septiembre, nuestro Colegio por ser único y tener como ámbito de actuación la Comunidad Autónma de Galicia, asume las funciones que la Ley atribuye a los Consejos Gallegos de Colegios Profesionales. |