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Será requisito indispensable para ejercer la profesión de protésico dental en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia la incorporación al Colegio Oficial de Protésicos/as Dentales de Galicia cuándo el domicilio profesional único o principal radique en esta comunidad.
El incumplimiento de alguno de los requisitos citados en los puntos anteriores será motivo de denegación de la admisión de colegiación.
Igual podrán ejercer en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia los profesionales colegiados en otro ámbito territorial en el que hayan establecido el domicilio profesional único o principal. En este supuesto, deberá comunicar su actuación al Colegio Oficial de Protésicos/as Dentales de Galicia.
Los profesionales titulados o habilitados vinculados con la Administración pública mediante relación de servicios de carácter administrativo o laboral, no precisarán estar colexiados para el ejercicio de funciones puramente administrativas ni para la realización de actividades propias de la correspondiente profesión por cuenta de la administración a la que pertenezcan, cuándo el destinatario inmediato de aquellas sea esa administración. Sí será obrigatoria, en consecuencia, la colegización para el ejercicio de la actividad personal.
La obligatoriedad de que pertenezca al Colegio se entiende sin perjuicio del derecho de sindicación.